Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 24/12/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 17 de diciembre de 1985, por la que se amplía el plazo para el ejercicio de las opciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

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La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en su Disposición Transitoria Tercera 2, regula el régimen de opciones del personal sanitario que viene desempeñando más de un puesto de trabajo en régimen de jornada ordinaria, estableciéndose en el artículo 24 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de desarrollo de la anterior, que las solicitudes para la autorización de compatibilidad o, en su caso, opción habrán de formularse antes del día 1 de enero de 1986. Establecido el régimen homogéneo de regulación del procedimiento de aplicación al personal cuya única o principal actividad pública se desempeña al servicio de la Comunidad Autónoma, en relación con las opciones previstas en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 53/1984, por Orden de esta Consejería de la Presidencia de 9 de mayo de 1985 (BOJA núm. 50 de 28 de mayo), y estando a punto de concluir el plazo señalado en la Disposición Transitoria Tercera del citado texto legal, se hace necesario adoptar las medidas necesarias de ampliación del término para la presentación de las oportunas solicitudes, dadas las peculiaridades de las situaciones afectadas y de la dificultad inherente a las mismas. En su virtud, a propuesta de la Consejería de Salud y Consumo, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Disposición Adicional 2. del Decreto 8/1985, de 22 de enero

DISPONGO:

Artículo único: El plazo de 1 de enero de 1986, a que se refiere la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley 53/984, desarrollada en este punto por las reglas Tercera y Cuarta del artículo 24 del Real Decreto

598/1985, de 30 de abril, queda ampliado hasta el día 20 de enero de

1986 inclusive, para el personal sanitario al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 17 de diciembre de 1985

ANGEL M. LOPEZ Y LOPEZ

Consejero de la Presidencia

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