Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/05/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía e Industria

ORDEN de 18 de abril de 1985, por la que se delegan determinadas competencias en la Viceconsejería.

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El artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, establece la posible delegación, por parte de las Consejerías, de sus atribuciones o competencias administrativas en órganos jerárquicamente subordinados. En aras de una mayor agilidad en la tramitación de expedientes de gestión económica se considera conveniente hacer uso de la posibilidad contenida en el citado artículo delegando determinadas funciones en el Viceconsejero. En su virtud y en uso de las facultades que me están conferidas.

DISP0NGO:

Artículo 1. Las competencias que atribuyen al titular de la Consejería los apartados 6. y 7. del artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, así como las que le confieren los artículos 10 y 50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se delegan en el Viceconsejero en todos aquellos casos en que el correspondiente expediente de gasto no supere un importe de diez millones de pesetas, sea cual fuere la forma de adjudicación, incluida la concesión de subvenciones convocadas por Orden de la Consejería.

Artículo 2. En aquellos casos en que resulte necesario y de forma debidamente razonada, el Viceconsejero, pro delegación del Consejero, podrá declarar la urgencia, a efectos de su tramitación, de aquellos expedientes de gastos que no sobrepasen el importe a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3. El titular de la Consejería podrá recabar en todo momento la resolución de cualquier expediente o asunto objeto de la presente delegación, sin perjuicio de la misma que subsistirá para los demás casos salvo que se produzca por disposición expresa su revocación o modificación.

Artículo 4. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de abril de 1985

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Consejero de Economía e Industria

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