Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 18/06/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda

RESOLUCION de 4 de junio de 1985, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se delegan determinadas atribuciones en los Delegados Provinciales.

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El artículo 4º de la Ley del Patrimonio del Estado, Texto articulado aprobado por decreto 1022/1964, de 15 de abril, aplicable a la Comunidad Autónoma en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Estatuto de Autonomía, determina que compete a la Consejería de Hacienda la representación de la Junta de Andalucía en materia patrimonial, que se ejercerá extrajudicialmente por medio de la Dirección General de Patrimonio.

Con objeto de facilitar el otorgamiento de las escrituras públicas en que queden reflejados actos de tráfico patrimonial de la Comunidad, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo dos del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa la aprobación del excelentísimo señor Consejero de Hacienda, esta Dirección General de Patrimonio ha resuelto:

1º. Delegar en los Delegados Provinciales de la Consejería de Hacienda la facultad de comparecer en representación de la Comunidad Autónoma en el otorgamiento de escrituras públicas en que se formalicen negocios jurídicos de tráfico patrimonial, en cuanto a los bienes sitos en el ámbito territorial a que se extienda la jurisdicción de las respectivas delegaciones.

2º. Se reserva a favor del Director General de Patrimonio la facultad de comparecer en representación de la Comunidad Autónoma en el otorgamiento de cuantas escrituras públicas juzgue oportuno.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 4 de junio de 1985.- El Director General, Juan Bautista Esteban González.

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