Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 23/07/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Seguridad Social

ACUERDO de 10 de julio de 1985, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejero de Trabajo y Seguridad Social para firmar un Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Sevilla, para el fomento de un Plan de Formación de Cooperativismo Juvenil.

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La Consejería de Trabajo y Seguridad Social, en virtud de lo dispuesto en el artículo 102. de la Ley 2/1985 de 2 de mayo de Sociedades Cooperativas Andaluzas, tiene atribuida, entre otras, la función de promoción y formación cooperativa.

El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, a través de su área de Juventud y Deportes, viene desarrollando una serie de actividades de carácter formativo dirigidos a los jóvenes. Dicho Ayuntamiento de Sevilla ha solicitado de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social su colaboración y apoyo para la realización del Plan de Formación de Cooperativismo Juvenil que la Corporación Municipal va a desarrollar durante el año 1985.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de julio de 1985

ACUERDA:

Artículo único. Autorizar al Excmo. Sr. D. Joaquín J. Galán Pérez, Consejero de Trabajo y Seguridad Social, para en nombre y representación de la Junta de Andalucía firmar un Convenio de Colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, para el fomento de un Plan de Formación de Cooperativismo Juvenil, conforme al texto elevado al Consejo de Gobierno.

Sevilla, 10 de julio de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOAQUIN J. GALAN PEREZ

Consejero de Trabajo y Seguridad Social

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