Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 19/09/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

ORDEN de 5 de septiembre de 1985, que complementa la Orden de 21 de marzo de 1985, sobre procedimiento para concesión de subvenciones, en lo relativo al límite de su cuantía.

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Con idéntica motivación a la expuesta en la Orden de 21 de marzo de

1985 (BOJA del día 28 siguiente), la presente Orden tiene por finalidad completar aquélla, en lo tocante al límite de la cuantía de aquellas subvenciones que esta Consejería imputa a Transferencias de Capital. Tales subvenciones se encuadran siempre dentro de un convenio que permite a la Consejería comprobar el empleo de la subvención en el objetivo convenido de antemano; esta circunstancia hace innecesario limitar la cuantía total de la subvención, como se establece con carácter general en la Orden a la que esta complementa.

Por ello, en uso de las facultades que me están conferidas,

ORDENO

Artículo 1. Las subvenciones con cargo a transferencias de capital (capítulo 7 de la clasificación económica de gastos) no están sujetas a la limitación establecida en el párrafo tercero del artículo 5. de la Orden de esta Consejería de 21 de marzo de 1985.

Artículo 2. Como complementaria que es de la de 21 de marzo de 1985, lo dispuesto en esta Orden es aplicable a cuantas subvenciones se hayan concedido o se concedan con cargo a transferencias de capital.

Sevilla, 5 de septiembre de 1985

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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