Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 04/01/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 2 de diciembre de 1985, por la que se aprueba definitivamente la modificación de elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella: "Marbella Club-Hotel".

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Visto el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella de Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella: "Marbella Club-Hotel", aprobado provisionalmente el día 18 de enero de 1985, elevado a esta Consejería a los efectos de lo dispuesto en los arts. 35.2.b), 41, 2 y 49 de la Ley del Suelo. Atendiendo a los preceptuado en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por el Real Decreto

1346/1976, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan y el Decreto

194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los Organos Urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo.

Vistos los informes de la Comisión Provincial de Urbanismo de Málaga, Comisión de Urbanismo de Andalucía y Dirección General de Urbanismo, y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas a tenor de lo establecido en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con el art. 35.1.c) de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella: "Marbella Club-Hotel".

Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Ayuntamiento de Marbella y a los interesados.

Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de Reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el Contencioso-Administrativo que deberá interponerse ante la Sala Correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 2 de diciembre de 1985

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

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