Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 18/11/1986

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de noviembre de 1986, por la que se nombra funcionarios en prácticas a los opositores que han superado las fases del concurso- oposición convocado por Orden de 31 de marzo de 1986, para ingreso en el Cuerpo de Profesores agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas.

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Ilmo. Sr.:

Habiéndose convocado por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 31 de marzo de 1986 (BOJA del 4 de abril), pruebas selectivas para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía,a en el Cuerpo de Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas, esta Consejería ha tenido a bien disponer:

1. Nombrar funcionarios en fase de prácticas del Cuerpo de Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas a los opositores que figuraban en el Anexo I de la Orden de 25 de agosto de 1986 (BOJA del 4 de septiembre), relacionados en el Anexo I de la presente Orden.

2. De acuerdo con el apartado 11.4 de la citada Orden de 31 de marzo, quedan dispensados de ser evaluados en la fase de prácticas, por haber acreditado reunir los requisitos exigidos en dicho apartado a estos efectos, los opositores que figuran en el Anexo I de la presente Orden.

3. Aquellos opositores no incluidos en el Anexo I, que se consideren exentos de ser evaluados en la fase de prácticas deberán acreditar ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia, que reúnen las condiciones para su exención, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. El nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos económicos y administrativos a partir de la fecha en que hayan tomado posesión de sus destinos provisionales.

5. Aquellos opositores que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración, como funcionarios de carrera, interinos, contratados administrativos o como personal laboral, deberán formular opción por la percepción de las remuneraciones, durante el período del nombramiento como funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/86, de 10 de febrero (BOE de 6 de marzo).

6. Por la Dirección General de Personal se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Orden.

7. Contra la presente Orden los interesados interponer recurso de reposición ante la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 3 de noviembre de 1986

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Ilmo. Sr. Director General de Personal

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