Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 18/12/1986

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

RESOLUCION de 27 de noviembre de 1986, sobre contratos de obras de construcción de un club de ancianos en Fiñana (Almería).

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En el Contrato firmado para la construcción de un Club de Ancianos en Fiñana (Almería) entre el Excmo. Sr. D. Joaquín J. Galán Pérez en su calidad de Consejero de Trabajo y Seguridad Social y D. José Cánovas Domene actuando en nombre de Construcciones Almerienses S. Coop. Ltda. RESULTANDO que en la cláusula 24a del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establece "el contratista terminará totalmente y tendrá limpia y desembarazada de obstáculos la obra a efectos de su recepción provisional en el plazo de 6 meses (6) a contar desde la fecha del reglamento general mencionado en la cláusula 15a. RESULTANDO que firmado el contrato entre las partes en su cláusula 3a establece que el plazo de ejecución de las obras es de seis meses (6) contados desde el día siguiente al de la fianza del Acta de Comprobación de replanteo.

RESULTANDO que por Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Bienestar Social de 30 de enero de 1986 y 11 de marzo de 1986 fueron concedidas dos prórrogas, una hasta el 28 de febrero de 1986 y la segunda hasta el 30 de abril de 1986. RESULTANDO del informe técnico de 16 de julio de 1986 que las obras aún no estaban terminadas, así como el escrito presentado por los Arquitectos-Directores de la obra el 8 de mayo de 1986. RESULTANDO que en la cláusula 33a del citado Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares establece que la Administración podrá optar por declarar resuelto el contrato con pérdida de la fianza, en el caso de incumplimiento del plazo total señalado para la terminación de las Obras por causa imputable al contratista; reiterando la incautación de la fianza en su cláusula 38a.

CONSIDERANDO que ha habido un incumplimiento del plazo general del contrato para su total realización, procede declarar la Resolución del Contrato a tenor de lo dispuesto en el art. 45 p. 1º y 2º de la Ley de Contratos del Estado de 8 de abril de 1965 y el art. 137 p. 1º y 2º de su Reglamento de 25 de noviembre de 1975.

CONSIDERANDO que es competente para declarar la indicada Resolución el Consejero de Trabajo y Bienestar Social, en su carácter de Organo de Contratación según expresamente se establece en el artículo 52 párrafo 1º de la referida Ley y en el art. 157 párrafo 1º de su Reglamento. VISTOS, los preceptos citados y demás normativa de general aplicación.

HE RESUELTO:

1º Declarar resuelto el Contrato de ejecución celebrado entre la Junta de Andalucía e Industrial Construcciones Almerienses, S. Coop. Ltda. cuyo cumplimiento no se ha producido por causas imputables al adjudicatario en el preceptivo plazo establecido en el mismo y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como en las prórrogas legalmente concedidas según establece el art. 45 párrafo 3º de la Ley de Contratos del Estado de 8 de abril de 1965.

2º. Que se abonará a Construcciones Almerienses, S. Coop. Ltda. el precio de las Obras e instalaciones que ejecutadas por ésta pasen a propiedad de la Junta de Andalucía.

3º. Que la Administración decreta la pérdida de la fianza por resolverse el contrato por causa imputable al contratista. Notifíquese la presente Resolución a Construcciones Almerienses S. Coop. Ltda. adjuntándole que contra la misma, cabe interponer: recurso de reposición ante la Consejería de Trabajo y Bienestar Social en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución, como requisito previo al recurso contencioso-administrativo, y recurso contencioso-administrativo ante la Excma. Audiencia Territorial competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso; y si no lo fuere el plazo será de un año a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición.

Sevilla, 27 de noviembre de 1986.

JOSE Ma ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

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