Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 17/05/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía e Industria

ORDEN de 6 de mayo de 1986, por la que se regula la participación de la Junta de Andalucía de los gastos de funcionamiento, correspondiente al presente ejercicio, de la oficina ejecutiva de la zona de urgente reindustrialización de la Bahía de Cádiz.

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Mediante Decreto 104/1985, de 8 de mayo, se reguló la participación de la Junta de Andalucía en los gastos de funcionamiento de la Oficina Ejecutiva de la Zona de Urgente Reindustrialización de la Bahía de Cádiz, estableciendo dicha participación en un cincuenta por ciento de tales gastos y encomendando la gestión y correspondiente seguimiento de dicha participación a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía.

A su vez, en la disposición citada, se facultaba a la Consejería de Economía e Industria a establecer, para los siguientes ejercicios y mediante Orden, la cuantía de la participación en los gastos de referencia.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas y de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo del Decreto 104/1985, de 8 de mayo

ORDENO

Artículo 1º. La participación de la Junta de Andalucía en los gastos de funcionamiento de la Oficina Ejecutiva de la Bahía de Cádiz se establece, para el presente ejercicio de 1986, en la cantidad de diecisiete millones quinientas cincuenta mil pesetas.

Artículo 2º. Conforme a lo establecido en el artículo 3º del Decreto

104/1985, de 8 de mayo, dicha participación se hará efectiva a través de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, que recibirá la correspondiente transferencia con cargo a la dotación presupuestaria establecida al efecto en el Presupuesto de este Departamento para el año en curso, en las condiciones previstas en el citado artículo 3º de la disposición de referencia.

Artículo 3º. Se faculta a la Secretaría General técnica de Economía e Industria para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo, cumplimiento e interpretación de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de mayo de 1986

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía e Industria

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