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Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Resolución citada, publicada en el BOJA núm. 123, de 24 de diciembre de
1985, págs. 3857 y siguiente, se transcriben a continuación la oportuna rectificación:
En la pág. 3.858, primera columna, apartado "Cirugía del Tórax", donde dice: "Abel Sánchez-Palacios Ramos", debe decir: "Abel Sánchez-Palencia Ramos".
Sevilla, 20 de junio de 1986
Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6?1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud y al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6?1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º. Prestar conformidad a la enajenación de un terreno de 1.500 m2 que se segregará de la finca matriz "Los Alamos" de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Campillos de Arenas (Jaén) acordada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 24 de marzo del presente año y cuya descripción es:
Parcela de terreno de 1.500 m2 de supuerficie linda al Norte con río Hornillo, al Sur con grupos escolares, al Este con carretera nacional Bailén-Motril y al Oeste con río Campillo. Está valorada en 2.000.000 de ptas.
2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Campillos de Arenas (Jaén).
3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de julio de 1986
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
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