Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 14/8/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 23 de julio de 1986, por la que se conceden subvenciones para la realización de Programas de educación sanitaria y de vigilancia sanitaria y ambiental de las playas andaluzas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 178/1984, de 19 de julio (BOJA núm. 66, de 10 de julio) sobre vigilancia sanitaria y ambiental de las playas de Andalucía, establece en su artículo 25 la responsabilidad de los Ayuntamientos en la realización de programas anuales de educación para la salud, así como la obligación de la Consejería de Salud y Consumo de prestar el necesario apoyo técnico para la ejecución de los mencionados programas, todo ello en aras del fomento de la calidad de vida que, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, se consagra como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma en el artículo 12.5 del Estatuto de Autonomía. En aplicación del mencionado Decreto, esta Consejería, para contribuir al desarrollo de las actuaciones en tal sentido, por Orden de 16 de mayo de 1986 (BOJA núm. 51, de 28 de mayo) estableció las normas sobre concesión de subvenciones a los Ayuntamientos costeros y a las asociaciones o grupos avalados por aquéllos, para la realización de programas de educación para la salud y participación comunitaria, orientados a la limpieza y mantenimiento de las costas andaluzas durante el verano de 1986.

Habiéndose observado las normas establecidas en la citada Orden así como los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad exigidos por el artículo 15 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el presente ejercicio, procede hacer efectiva la concesión de las indicadas subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 19.02.661.03.1.2.5, destinada al efecto.

En su virtud, en uso de las facultades que me han sido conferidas y a propuesta de la comisión de selección a que se refiere el artículo 5o de la Orden de 16 de mayo de 1986,

D I S P O N G O :

Artículo 1º. Para el ejercicio de 1986, se conceden las subvenciones relacionadas en el Anexo a los Ayuntamientos y asociaciones avaladas por éstos, para la realización de programas de vigilancia sanitaria y ambiental de las playas andaluzas, así como para la ejecución de programas de educación sanitaria acerca del uso de las playas e higiene de las mismas.

Artículo 2º. Los concesionarios quedan obligados al cumplimiento de los dispuesto en el artículo 6o de la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 16 de mayo de 1986, por la que se establecen normas sobre concesión de subvenciones para la realización de programas de educación para la salud y participación comunitaria.

Sevilla, 31 de julio de 1986

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF