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El Consejo de Gobierno en su reunión de 3 de septiembre de 1986 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 98/1985, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos que durante el ejercicio 1985 contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España para la financiación de las obras incluidas en sus conciertos con el I.N.E.M. y afectas al P.E.R.
ACUERDA
Primero. Subvencionar las operaciones de crédito concertadas con el Banco de Crédito Local para el pago de la aportación municipal al convenio con el I.N.E.M. dentro del Plan de Empleo Rural para 1985, por un periodo de amortización de quince años (uno de carencia y catorce de amortización) y un interés y comisión anual del 11'90 por cien, por los Ayuntamientos y cuantías que a continuación se detallan:
PROVINCIA DE ALMERIA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Taberno 750.000 Vélez Blanco 6.000.000
PROVINCIA DE CORDOBA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Adamuz 7.740.296 Adamuz 1.257.000
PROVINCIA DE GRANADA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Morelabor 1.588.400
PROVINCIA DE HUELVA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Alosno 9.937.123 Paterna del Campo 8.714.606
PROVINCIA DE JAEN
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Alcaudete 7.993.333 Begíjar 5.046.868 Benatae 400.000 Castellar 2.669.951 Fuerte del Rey 884.692 Lupión 1.425.120 Mengíbar 3.219.567 Quesada 17.099.886 Torreblascopedro 2.205.189 Torres 500.000 Villatorres 5.690.660
PROVINCIA DE MALAGA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Riogordo 5.910.000
PROVINCIA DE SEVILLA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Arahal, El 6.738.370 Peñaflor 13.560.560
Segundo. Subvencionar las operaciones de crédito concertadas con el Banco de Crédito Local para el pago de la aportación municipal al convenio con el I.N.E.M. dentro del Plan de Empleo Rural 1985, por un periodo de amortización de catorce años (uno de carencia y trece de amortización) y un interés y comisión anual del 11'65 por ciento, por los Ayuntamientos y cuantías que a continuación se detallan:
PROVINCIA DE CORDOBA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Adamuz 500.000
PROVINCIA DE HUELVA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Cumbres de San Bartolomé 1.981.000 Paterna del Campo 1.648.538
PROVINCIA DE JAEN
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Alcalá la Real 1.099.505 Porcuna 3.117.805
PROVINCIA DE SEVILLA
Ayuntamiento Cuantía Crédito a subvencionar
Alcalá del Río 1.528.370 Arahal, el 38.836.690
Tercero. Autorizar a la Consejería de Gobernación para la formalización con cada uno de los Ayuntamientos del correspondiente convenio de cooperación, en el que deberán especificarse las anualidades completas por intereses, comisión y amortización, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1º y 2º.
Sevilla, 3 de septiembre de 1986
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
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