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Vistos: Los expedientes presentados por las Empresas que se relacionan en el Anexo I que se acompaña, que se ajustan a lo prevenido en el artículo 7 de la Orden de 11 de octubre, ya mencionada. Vistos: Los informes preceptivos de las correspondientes Delegaciones Provinciales de Economía e Industria, a tenor de lo previsto en el artículo 8º de la misma Orden, y la conformidad de la Dirección General de Industrias, Energía y Minas de fecha 21 de agosto de 1986.
Considerando: 1º. Que las Empresas solicitantes cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria de la concesión de subvenciones. 2º. Que existe crédito económico suficiente en el Capítulo VII, del Servicio 01, del Presupuesto de esta Consejería para 1986, como para permitir hacer frente a la concesión de subvenciones que se propone. Vistos: El artículo 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma; el artículo 16 de la Ley 1/1985, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1985; el artículo 15, de la Ley
9/1985, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1986; Orden de 11 de octubre de 1985, de la Consejería de Economía e Industria de la Junta de Andalucía, por la que se establecen ayudas para la reestructuración, renovación y desarrollo e innovación de empresas y actividades empresariales; el artículo 87 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto 2.784/1964, de 27 de julio, sobre justificación de subvenciones; disposiciones que regulan la concesión y justificación de las mismas y demás disposiciones complementarias.
En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO
Conceder subvenciones en las cuantías que se señalan en el Anexo I, a las Empresas que en el mismo se indican, por una cuantía global de doscientos ocho millones, seiscientas cincuenta y tres mil setenta y dos pesetas (208.653.072 ptas) para la reestructuración, renovación y desarrollo e innovación de empresas y actividades empresariales.
Sevilla, 11 de septiembre de 1986
JOSE A. RECIO ARIAS
Consejero de Fomento y Turismo
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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