Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/10/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 183/1986, de 30 de julio, por el que se acepta la donación a la Junta de Andalucía por don Antonio Varón Peláez y doña Josefa Garcés Moreno, de un inmueble de 209'60 m2, sito en el término municipal de Baños de la Encina (Jaén), calle Calvo Sotelo, 8, de El Centenillo, con destino a su afectación al Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por don Antonio Varón Peláez y doña Josefa Garcés Moreno, ha sido ofrecido a la Junta de Andalucía una casa de 209,60 metros cuadrados, sita en el término municipal de Baños de la Encina (Jaén), calle Calvo Sotelo,

8, de el lugar de El Centenillo, con destino a su afectación al Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

Por la Consejería de Agricultura y Pesca se considera de interés la aceptación de la referida donación.

A propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de 1986.

D I S P O N G O :

Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación a esta Comunidad Autónoma por don Antonio Varón Peláez y doña Josefa Garcés Moreno de un inmueble de 209,60 metros cuadrados, cuya descripción es la siguiente: "Casa situada en la calle Calvo Sotelo nº 8, de El Centenillo, anejo y término municipal de Baños de la Encina, que mide ocho metros y veinte centímetros de frente, por veintiocho metros de fondo, que hacen doscientos nueve metros y sesenta decímetros cuadrados; consta de cuatro habitaciones y cocina. Linda por la derecha entrando, con finca matriz; izquierda con la de Amalia Martín García; y al fondo, casa nº 7 de la calle Cuartel. Figura inscrita en el Registro de la Propiead de La Carolina, al tomo

1.119, Libro 102 de Baños de La Encina, folio 60, finca 5.775, inscripción

1a.

El inmueble donado se encuentra libre de cargas y gravámenes, así como de afecciones, y será afectado al Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

Artículo 2º. El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Economía y Hacienda a la de Agricultura y Pesca para los Servicios dependientes del I.A.R.A.

Artículo 3º. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 30 de julio de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente y Consejero de Economía y Hacienda

Descargar PDF