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Transferidos a nuestra Comunidad Autónoma por Real Decreto 1339/86 de 6 de junio (BOE de 4 de julio), los Centros de Formación Profesional reglada de Andalucía, adscritos al Ministerio de Educación y Ciencia procedentes del Instituto Nacional de Empleo, y realizados los pertinentes estudios de la Red de Centros públicos de Formación Profesional en su conjunto, se ha verificado la conveniencia de modificar las enseñanzas en varios de ellos, dentro de las disponibilidades presupuestarias, a fin de adecuar la oferta educativa de los mismos a la demanda de escolarización de las localidades en donde se encuentran ubicados.
En consecuencia, y a propuesta de la Dirección General de Ordenación Académica, esta Consejería ha dispuesto:
Primero. Las enseñanzas de Formación Profesional que se cursan en los Centros públicos que a continuación se relacionan, se modifican a partir del curso académico 1986/87, en los Grados, Profesiones y Especialidades que para cada uno de ellos se detalla:
I.P.F.P. de Cádiz.
Implantación: Segundo Grado, con carácter provisional de Optica de Anteojería de la Rama de Metal, conforme a los programas autorizados por O.M. de 2 de septiembre de 1985 (BOE del 19).
I.F.P. "Virgen del Carmen" de Puerto Real (Cádiz). Implantación: Primer Grado en la Profesión Clínica de la Rama Sanitaria. Ampliación: Segundo Grado, con carácter provisional, en la Especialidad de Soldadura de la Rama Metal, conforme a los programas autorizados por O.M. de 8 de junio de 1977 (BOE del 10 de agosto). Extensión: Segundo Grado en la Especialidad Máquinas Eléctricas de la Rama Electricidad y Electrónica.
I.F.P. no 3 de Córdoba.
Ampliación: Segundo Grado, por el Régimen General, en la Especialidad de Anatomía Patológica de la Rama Sanitaria.
I.F.P. "Francisco Franco" de Málaga.
Ampliación: Segundo Grado, con carácter provisional en la Especialidad de Hostelería, de la Rama Hostelería y Turismo, conforme a los programas autorizados por O.M. de 25 de abril de 1978 (B.O.M.E.C.V. 78).
I.F.P. "Heliópolis", de Sevilla.
Ampliación: Segundo Grado en las Especialidades de Navegación de Cabotaje y Mecánica Naval, ambas de la Rama Marítimo Pesquera.
I.F.P. "Pino Montano", de Sevilla.
Ampliación: Segundo Grado, en la Especialidad Instalaciones y Líneas eléctricas de la Rama Electricidad y Electrónica.
Segundo. Se autoriza a las Direcciones Generales de Personal y Construcciones y Equipamiento Escolar, para adecuar las plantillas de personal docente y efectuar las adquisiciiones o reajustes necesarios de equipamiento respectivamente, conforme a las necesidades derivadas de las modificaciones de enseñanzas contempladas en la presente Orden y según los informes existentes de las respectivas Delegaciones Provinciales. Se faculta a la Dirección General de Ordenación Académica para dictar cuantas Resoluciones considere necesarias para la correcta aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.
Sevilla, 3 de diciembre de 1986
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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