Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 28/11/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 21 de septiembre de 1987, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca un curso regular para la formación de Médicos de empresa, para el período académico 1987-88.

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1036/59, de 10 de junio, por el que se reorganizan los Servicios Médicos de Empresas, en la Orden de 21 de noviembre de 1959, que aprueba el Reglamento de los Servicios Médicos de Empresa y en la Orden Ministerial de 28 de octubre de 1981, por la que se atribuyen al Instituto Nacional de la Salud las competencias y funciones relacionadas con la medicina preventiva laboral, y en virtud del Real Decreto 400/1984, de 22 de febrero, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Andalucía, las funciones y servicios de aquel Instituto, esta Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud en uso de las facultades que le están conferidas, ha resuelto: Convocar, para el período académico 1987-88 un curso regular de Médicos de Empresa, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera. 1. El curso regular de formación de Médicos de Empresa que se convoca constará de 70 plazas y se desarrollará en la ciudad de Cádiz. 2. El curso tendrá una reserva de veinte plazas, a las que podrán acogerse médicos extranjeros (25%) y de los Cuerpos de Sanidad Militar (25%) e igualmente de Centros de Salud (25%), con plaza en propiedad, y facultativos encargados institucionalmente de programas de salud laboral (25%). La selección de los solicitantes, caso de que excedieran del número de plazas reservadas, se efectuará mediante la aplicación del baremo del Anexo II.

Segunda. Podrán solicitar tomar parte en el curso que se convoca los nacionales y extranjeros que se encuentren en posesión del Título de Doctores o Licenciados en Medicina y Cirugía.

Tercera. A los médicos extranjeros y de los Cuerpos de Sanidad Militar e igualmente de Centros de Salud o encargados institucionalmente de programas de salud laboral, sólo se les entregará certificación de asistencia al curso, sin que ella les faculte, en ningún caso, para el ejercicio profesional como Médico de Empresa en el territorio español.

Cuarta. 1. Los aspirantes a la realización del curso deberán formular la oportuna solicitud, dirigida al Ilmo. Sr. Gerente Provincial del Servicio Andaluz de Salud en Cádiz (Avda. Ma Auxiliadora nº 2. 11009 Cádiz) según modelo que se adjunta como Anexo I de la presente Resolución. 2. A la solicitud, se acompañará la siguiente documentación. a) Relación de méritos alegados, a la que se adjuntarán los documentos probatorios de los mismos.

b) Título correspondiente.

c) Documento acreditativo de la nacionalidad. d) Los facultativos de Centros de Salud deberán acreditar tal condición mediante documento expedido por la correspondiente Gerencia Provincial del S.A.S. o Dirección Provincial del INSALUD previa certificación de la Dirección del Centro de Salud en que preste sus servicios el interesado. Asimismo, deberá acreditarse por los interesados, en su caso, mediante cualquier documento válido al efecto, su vinculación institucional con programas de salud laboral o su pertenencia a los Cuerpos de Sanidad Militar.

3. Los documentos aportados serán originales o fotocopias legalizadas por Notario o compulsadas por las Gerencias Provinciales del S.A.S. o por las Direcciones Provinciales del INSALUD, o por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

4. Las solicitudes y la documentación requerida se presentarán directamente en la Gerencia Provincial del S.A.S. de Cádiz, C/ Ma Auxiliadora, nº 2, 11009, o conforme a lo previsto en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

5. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía). 6. La Gerencia Provincial del S.A.S. a la que se solicita el curso requerirá a los solicitantes cuyas instancias no reunieran los datos exigidos o no acompañaran los documentos preceptivos para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan cumplimentado por el interesado los anteriores requisitos, se excluirá su solicitud, sin más trámite.

Quinta. La valoración de los méritos académicos y profesionales aportados y aprobados por el aspirante se realizará, estrictamente, con arreglo al baremo que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Sexta. 1. A los efectos previstos en el apartado anterior, se constituirá una Comisión de Admisión en la Gerencia Provincial del S.A.S., sede del curso.

2. Dicha Comisión estará presidida por el Director General de Atención Primaria y Promoción de la Salud o persona en quien delegue e integrada como vocales, por el Gerente Provincial del S.A.S. de Cádiz, dos facultativos designados por el Director Gerente del S.A.S. y un facultativo designado por la Dirección General de Ordenación Sanitaria actuando como Secretario un funcionario de la Gerencia Provincial de Cádiz. Cada uno de los miembros de la Comisión tendrá su correspondiente suplente.

3. La relación nominal de los miembros que integren la anterior Comisión se hará pública en el tablón de anuncios de la Gerencia Provincial del S.A.S. de Cádiz.

Séptima. 1. La Comisión de Admisión, tras la valoración de los méritos aportados, elaborará dos listas provisionales de calificaciones, una de ellas referida a los solicitantes nacionales y la otra con las veinte plazas reservadas para médicos extranjeros, de los cuerpos de Sanidad Militar, de los Centros de Salud o vinculados a programas de salud laboral. En dichas listas provisionales figurarán todos los solicitantes de cada grupo, por riguroso orden de puntuación obtenida. 2. Los posibles empates se resolverán en función de la puntuación de los méritos profesionales en Medicina del Trabajo (punto 2 del baremo) y caso de persistir aquél, se dará prioridad al solicitante de mayor edad. 3. Las listas provisionales se publicarán en el tablón de anuncios de la Gerencia Provincial del S.A.S. de Cádiz.

Octava. 1. Los interesados podrán presentar reclamación contra las listas provisionales, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación en el tablón de anuncios. 2. Las reclamaciones se presentarán ante el Director-Gerente del S.A.S., C/ Federico Sánchez Bedoya, nº 3, Sevilla 41001, quien habrá de resolver en un plazo no superior a 30 días naturales contados desde aquél en que finaliza el plazo para formularlas.

3. Resueltas las reclamaciones, la Comisión de Admisión elaborará las listas definitivas de los admitidos a participar en el curso, las cuales se elevarán para su aprobación por el Director Gerente del S.A.S. y se publicarán en la misma forma que las listas provisionales.

Novena. 1. El curso regular para la obtención del diploma de aptitud de Médico de Empresa, que contemplará una formación teórico-práctica, tendrá una duración de 12 meses. La formación práctica se realizará en Servicios Médicos de Empresa, que hayan sido acreditados al efecto por la Consejería de Salud, así como en Servicios de Medicina Preventiva de Instituciones Sanitarias y en Centros de Salud.

2. En el mismo acto de publicación de las listas definitivas de admitidos se señalará la fecha de iniciación de la actividad académica, determinándose, asimismo, el plazo de formalización de matrícula.

Décima. 1. La asistencia a clase, tanto respecto de las enseñanzas teóricas como respecto de las prácticas, será condición indispensable para la obtención del correspondiente diploma de aptitud, determinando la acumulación de más de diez faltas de asistencia, la pérdida de todos los derechos del alumno incluida el importe de la matrícula. 2. Igualmente causarán baja, con pérdida de todos los derechos y matrícula, los alumnos cuyo rendimiento no sea satisfactorio o su conducta académica adecuada.

Onceava. El número y tipo de pruebas que habrán de seguir y superar los alumnos para la obtención del diploma de aptitud, serán determinados, conjuntamente, por la Dirección Gerencia del S.A.S. y la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo.

Sevilla, 21 de septiembre de 1987.- El Director Gerente, Agustín Ortega Limón.

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