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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2691/66, de 20 de octubre, Reglamento de 23.02.49, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión de 20.09.73 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios de la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica.
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada - Escuedo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA DE BAJA TENSION
Origen: Centro de transformación.
Final: Red de Baja Tensión.
Términos municipales afectados: Gor.
Tipo: aérea trenzada.
Longitud en km.: 0,680 y 0,180
Tensión de servicio: 220/380 Voltios.
Conductores: Al. 4x50 y 4x25 m2, 1 KV
Apoyos: Hormigón
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Las Juntas.
Tipo: Intemperie.
Potencia: 100 KVA
Relación de transformación: 20 KV.+/-5%/380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 3.554.121 pesetas.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica a la localidad de Las Juntas. Referencia: 3769/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la Inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los emitidos por
El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en meteria de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 11 de marzo de 1987.- El Delegado, José Pradas Osuna.
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