Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A efectos de aplicación, y con objeto de evitar interpretaciones confusas que pudieran dar lugar a errores, se hace necesario aclarar el método aprobado de actualización de cánones correspondientes a concesiones administrativas traspasadas a la Comunidad Autónoma por el Real Decreto
3137/1983.
Puesto que dicho método se centra en la fórmula de revisión que a tal efecto se recoge en el Anexo IV; punto 2.4, de la Ley 1/1987, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Final Tercera de dicha Ley, este Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de marzo de 1987
A C U E R D A
Aprobar las siguientes interpretaciones del punto 2.4 del Anexo IV de la Ley 1/1987:
1º. La obtención del valor "K" se consigue interpretando como "coeficiente medio anual", en la definición del valor "r", el coeficiente medio de inflación para el período 1987-F, siendo "F" el año de otorgamiento de la concesión o última revisión aprobada.
2º. El exponente (1987-F) se entiende sustituido por un valor "E"2º. El exponen equivalente a la parte entera de dicha fracción.
Sevilla, 18 de marzo de 1987
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda
Descargar PDF