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Ilmos. Sres.:
La Sala de lo Contencios-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla ha dictado Sentencia de 2 de octubre de 1986 en recurso nº 1059/84 interpuesto por D. Rafael Rodriguez Agullo. Dicha Sentencia, cuya firmeza consta, dice así en su parte dispositiva:
"FALLAMOS: Estimar el recurso interpuesto por D. Rafael Rodriguez Agullo contra resolución de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 2 de noviembre de 1983 y el presunto desestimatorio de reposición, que impuso su cese en el puesto de Supervisor designándole para jefe de Negociado de Coordinación y Seguimiento de Planes N-16, dependiente del Centro Territorial de Córdoba, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, y condenamos a la Administración a reponerle en el cargo de Supervisor de la Zona LVIII, con reconocimiento del tiempo de servicios y abono de las diferencias de retribuciones dejadas de percibir entre el cargo de Supervisor y Jefe de Negociaciado".
Esta Consejería a los efectos del art. 26-3 de la Ley 5/1983 de 19 de julio y en ejecución de los demás pronunciamientos del fallo, ha tenido a bien disponer se cunpla en sus propios términos la referida sentencia. Lo que comunico a VV.,II.
Sevilla, 29 de abril de 1987
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y pesca
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