Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ilmo. Sr.:
En el recurso de Apelación seguido ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo bajo el número 613/87-DF, interpuesto por D. Antonio Roncero Martínez en nombre y representación del Obispado de Málaga y Congregación Religiosa {Misioneras del Divino Maestro} y por D. José Joaquín Jadraque Sánchez en nombre y representación de la Junta de Andalucía, contra Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla en recursos acumulados 2293, 2394 y
2347/86 confirmando la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 2 de junio de 1986 sobre determinados conciertos educativos, se ha dictado Sentencia con fecha 11 de marzo de 1987, cuya parte dispositiva literalmente dice: "Fallamos. Que desestimamos los recursos de Apelación interpuestos por el Obispado de Málaga y por la Congregación Reli? giosa Misioneras del Divino Maestro, así como por la Junta de Andalucía, contra la Sentencia pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla 23 de diciembre de 1986 en lo recursos números 2293, 2394 y 2347 de 1986, sin hacer expresa condena en las costas de esta apelación.}
Esta Consejería de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 16 de junio de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Ordenación Académica.
Descargar PDF