Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Aprobada por Decreto 395/1986, de 17 de diciembre, la relación de puestos de trabajo, prevista en el Art. 11 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta 1 de la misma, procede efectuar la confirmación del personal en los puestos de trabajo que venían desempeñando y que figuran en la citada relación. En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el Art. 5-f de la Ley
6/1986, de 28 de noviembre a propuesta de la Consejería de Agricultura y Pesca y visto el informe favorable de la Secretaría General para la Función Pública, vengo en disponer:
Artículo 1. Se confirma en sus puestos de trabajo que figura en el Anexo I que se acompaña.
Artículo 2. Las unidades competentes en materia de personal, remitirán a la Secretaría General para la Función Pública, la docu-mentación exigida para la inscripción en el Registro General de Per-sonal.
Artículo 3. Los funcionarios confirmados solicitarán del Conseje-ro de Gobernación, a través de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura y Pesca, la asignación del grado personal consolidado, si procede, en el impreso oficial correspondiente.
Artículo 4. Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrati-vo ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, de acuerdo con lo establecido en el Art. 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 3 de junio de 1987
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF