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Debido a la ausencia del Secretario General Técnico con motivo de su vacación anual, y en virtud de las facultades que me están atribuidas por la legislación vigente
D I S P O N G O :
En tanto dure la vacación anual del Secretario General Técnico de la Consejería, asumirá las competencias delegadas en el mismo por Orden de 26 de noviembre de 1986, en materia de contratación administrativa, aprobación de gastos, su compromiso y liquidación y ordenación de pagos, el Director General de Trabajo y Seguridad Social.
Sevilla, 1 de julio de 1987
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Trabajo y Bienestar Social
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