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Ilmos. Sres.:
En el recurso de apelación seguido ante la Sala 4a del Tribunal Supremo con el núm. 576/85, promovido a instancia de la Entidad Cía. Mercantil Inmobiliaria Borondo S.A., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 22 de febrero de 1983, sobre aprobación del Plan Parcial de Ordenación "Borondo", se ha dictado sentencia con fecha 2 de enero de
1987, cuya parte dispositiva, literalmente, dice: "Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Francisco de las Alas Pumariño, en nombre y representación de la Compañía Mercantil Inmobiliaria y Urbanizadora Borondo, S.A.; contra la sentencia de fecha 22 de febrero de 1983, dictada en los Autos de que dimana el presente rollo por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, debemos confirmar y confirmamos la indicada sentencia, y no hacemos expresa imposición de costas".
Esta Consejería de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y lo establecido, asimismo, en el Real Decreto 3825/82 de 15 de diciembre y Real Decreto
3481/83 de 28 de diciembre, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 30 de junio de 1987
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Cádiz.
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