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Ilmo. Sr.:
En el recurso contencioso-administrativo seguido ante la Audiencia Territorial de Sevilla bajo el número 987, interpuesto por D. Rafael Isern Torres en nombre y representación de Dª Mª Angeles Medina Romero, contra desestimación de recurso de reposición formulado contra la Orden de esta Consejería de 27 de junio de 1984, resolutoria de Concurso de Traslados entre Profesores Numerarios de Escuelas de Maestría Industrial, se ha dictado Sentencia en fecha 22 de mayo de 1987, cuya parte dispositiva literalmente dice:
{Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad alegada por la Administración demandada debemos de estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador Sr. Isern Torres en nombre y representación de Dª Mª Angeles Medina Romero contra la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de 27 de junio de 1984 en el punto en que dispuso el nombramiento del Sr. Bedmar Alvárez para la plaza vacante de profesor de Tecnología de Peluquería y Estética en el centro de Formación Profesional de la Cartuja de Granada dentro del concurso de traslado convocado por Orden de la citada Consejería de 12 de diciembre de 1983, nombramiento que debemos de anular y anulamos por no ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas}. Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 1 de julio de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal.
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