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Vista la propuesta de autorización de tarifas formulada por la Unión Local de Autónomos del Taxi de Cádiz y en uso de las facultades que me confiere la Orden de 6 de mayo de 1987 de la Consejería de Economía y Fomento
D I S P O N G O:
Autorizar las siguientes tarifas para la Unión Local de Autónomos del taxi, de aplicación en Cádiz.
Estas tarifas entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de agosto de 1987
JOSE AURELIANO RECIO ARIAS
Consejero de Economía y Fomento
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