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Ilmo. Sr.:
En el recurso contencioso-administrativo seguido ante la Audiencia Territorial de Granada bajo el número 689/85 interpuesto por D. Francisco Jesús Felices Lago, contra desestimación de recurso formulado contra Acuerdo de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Almería sobre adjudicación de vacantes del área de "Tecnología Administrativa", se ha dictado Sentencia en fecha 15 de julio de 1987 cuya parte dispositiva literalmene dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por D. Francisco Jesús Felices Lago contra la Resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, de fecha 14 de marzo de 1985, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Delegación Provincial de Educación, de Almería, de fecha
5 de noviembre de 1984, que, a su vez, había desestimado la reclamación formulada por el recurrente contra la adjudicación a otro aspirante de la plaza de profesor interino, para el curso 84/85, de las asignaturas integrantes del área de "Tecnología Administrativa" en Centros de Formación Profesional de la provincia de Almería. Sin expresa imposición de costas".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 18 de septiembre de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal
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