Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 13/10/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 17 de junio de 1987, de la Universidad de Granada, por la que se publica el catálogo de puestos de trabajo del personal de Administración de la misma.

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Los Estatutos de la Universidad de Granada aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por Decreto 162/85, de 17 de julio, en el BOJA núm. 74 de 26 de julio, contienen el mandato de elaborar la plantilla orgánica del Personal de Administración de la misma. En vigor dichos Estatutos por este Rectorado se han venido acometiendo los pasos precisos para la elaboración y publicación de la referida plantilla. Dicho proceso pasa necesariamente por la elaboración y publicación del catálogo de puestos de trabajo entendido éste como la estructura que conformará a la plantilla orgánica de acuerdo con los Estatutos de la Universidad y la legislación tanto estatal como autonómica sobre Función Pública. En virtud de todo ello se procedió en su día a la elección de un Organo de Representación del Personal de Administración que sirviera como interlocutor válido de la Gerencia para la realización del proceso de elaboración de plantilla según el art. 182 de los Estatutos. Igualmente y en cumplimiento de los reiterados preceptos, en Sesión de 7.3.86 la Junta de Gobierno aprobó los criterios generales para la elaboración del catálogo que ahora se publica.

Dicho catálogo, informado favorablemente por el Organo de Representación del Personal de Administración, ha sido aprobado en Sesión de Junta de Gobierno de 8.4.87 y finalmente en Sesión de 1 de junio pasado el Consejo Social acordó informar favorablemente con las modificaciones que ahora se incorporan al texto, el catálogo de puestos de trabajo con lo que dicho documento ha sido elaborado y aprobado en cumplimiento de preceptos estatutarios y de acuerdo con el procedimiento establecido en dicho texto. Por todo lo que antecede y en virtud de las competencias que le asignan los Estatutos de la Universidad este Rectorado ha resuelto, una vez comprobada la existencia de crédito para hacer frente a lo estipulado en el mismo, publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el catálogo de puestos de trabajo del Personal de Administración de la Universidad de Granada que se incluye a continuación, sin perjuicio de las posteriores modificaciones puntuales que puedan resultar de la elaboración y aprobación definitiva de las plantillas orgánicas.

Granada, 17 de junio de 1987.- El Rector, José Vida Soria.

NOTAS ADICIONALES

1. Con respecto a la provisión de las distintas Jefaturas Administrativas, se estará a lo dispuesto en el Artículo 189 de los Estatutos de la Universidad de Granada, donde se indica que dichas Jefaturas se cubrirán por el procedimiento previsto en el Artículo 188 de los mismos, entre funcionarios de Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se exija titulación Superior en el caso de las Jefaturas de Servicio, Titulación Superior o Diplomado las Jefaturas de Sección y Diplomado o Bachiller las Jefaturas de Negociado.

2. Si algún funcionario obtuviese un puesto de trabajo con más de dos niveles de complemento de destino con respecto al grado personal que tenga consolidado, transitoriamente se le podrán atribuir los niveles intermedios máximos que permita la Ley, hasta que con los intervalos establecidos en la misma logre consolidar el grado personal que corresponda al puesto obtenido.

3. Los puestos a los que se les asigne complemento específico así como la cuantía de los referidos complementos se determinarán una vez aprobada la relación de puestos de trabajo.

4. El presente catálogo hay que aumentarlo con Auxiliares Administrativos y Personal Subalterno.

5. Este catálogo tendrá carácter provisional y quedará sustituido en su día por la Relación de Puestos de Trabajo; ya que no es suficiente para la determinación de las Plantillas Orgánicas la existencia del Catálogo de Puestos de Trabajo, sino que debe de elaborarse una Relación de Puestos de Trabajo ajustada a la normativa vigente (Arts. 15 y 16 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; 0. de

15.1.86 sobre Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración del Estado; Art. 11 y ss. de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; D. 390/1986, de 10 de diciembre, sobre normas de elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía; y Art. 182 de los Estatutos de esta Universidad).

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