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A fin de resolver sobre la retirada del Título-Licencia de Agencia de Viajes del Grupo "A", de "Viajes Dimar, S.A.", se instruyó el correspondiente expediente, en el que se acredita que dicha Agencia ha incurrido en causa de revocación del Título-Licencia, prevista en el artículo 21.2 de la Orden Ministerial de 9.8.74. En virtud de la competencia transferida por Real Decreto 3585/1983 de 28 de diciembre, sobre traspaso de servicios del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Turismo, vista la propuesta de la Dirección General de Turismo, y en uso de las facultades que me confiere la Ley
6/83, de 21 de julio, en relación al Decreto 78/1987 de 25 de marzo,
O R D E N O:
Artículo único. Se revoca el Título-Licencia de Agencia de Viajes del Grupo "A", a "Viajes Dimar, S.A.", con el número de orden 1.323 y Casa Central en Sevilla, C/ Almirante Lobo, 2. Edificio Cristina, local comercial no 23 bis.
DISPOSICION FINAL
Contra esta Orden podrá interponerse, de conformidad con lo que dispone el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de octubre de 1987
JOSE AURELIANO RECIO ARIAS
Consejero de Economía y Fomento
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