Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 9/2/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ORDEN de 28 de enero de 1988, por la que se corrigen errores y omisiones en la de 21 de diciembre de 1987, por la que se regula la convocatoria de ayudas públicas en materia de servicios sociales para el ejercicio de 1988.

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Advertidos errores y omisiones en la Orden citada, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 108 de 30 de diciembre de

1987, página 6.212, procede efectuar las siguientes rectificaciones con el fin de completar su texto, a cuyos efectos

D I S P O N G O:

En el artículo 8,1,A), c) donde dice: "Documento de Aficiliación", debe decir "Documento de Afiliación".

En el artículo 8,2,A),d) donde dice: "...Certificación de los Acuerdos de la Comisión de Gobierno del Pleno que autorice la petición", debe decir "...Certificación de los Acuerdos de la Comisión de Gobierno o del Pleno que autorice la petición".

En el artículo 26,1,b donde dice "BOJA nº 59 de 15 de junio", debe decir: "BOJA nº 59 de 15 de julio"

En el artículo 40.2,c) donde dice "Requisito específico: que la persona esté afectada de una minusvalía grave que le impida la utilización de otros medios de transporte conforme al dictamen del E.V.O., garantizando mediante declaración expresa responsable la utilización de vehículos para su uso personal y privado.

Cuantía máxima: 300.000 ptas.", debe decir: "Requisito específico: que la persona esté afectada de una minusvalía grave que le impida la utilización de otros medios de transporte conforme al dictamen del E.V.O. Cuantía máxima: 30.000 ptas.".

En el citado artículo 40, apartado 2, deberá introducirse el apartado d) redactado de la siguiente forma: "d) Adquisición de vehículos a motor. Requisito específico: que la persona esté afectada de una minusvalía grave que le impida la utilización de otros medios de transporte, conforme al dictamen del E.V.O., garantizando mediante declaración expresa responsable la utilización del vehículo para su uso personal y privado. Cuantía máxima: 300.000 ptas.".

Sevilla, 28 de enero de 1988

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

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