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Advertidos errores en el texto del citado Decreto, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 4.186, en el artículo 4o, apartado 2, letra d), donde dice "...de los expedientes que hayan de ser...", debe decir, "...de los expedientes de adopción que hayan de ser...".
En la página 4.186, en el artículo 4o, apartado 3, letra c), donde dice "...de los expedientes que hayan de ser...", debe decir, "...de los expedientes de adopción que hayan de ser...".
Sevilla, 15 de noviembre de 1988
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