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Con fecha 18.4.88, la Dirección General de Carreteras ha resuelto la iniciación del Expediente de Expropiación Forzosa para la ejecución de las obras: 2-Al-125. Acondicionamiento y mejora de trazado en la AL-840 de la C-323 a Tahal. Tramo: Olula del Río a Canteras de Macael, considerándose de aplicación el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En consecuencia, esta Delegación ha resuelto convocar a los titulares de derechos, para que comparezcan en el lugar, fecha y hora que en la relación de propietarios se indica, al objeto de proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas. A dicho acto deberán acudir los afectados personalmente o a través de representante legal, y aportando las escrituras de propiedad y los dos últimos recibos de la Contribución, pudiendo hacerse acompañar, si lo estiman oportuno y a su costa, de Perito y de Notario. Según el artículo 56.2 del Reglamento de 26 de abril de 1957, los interesados, así como las personas con derechos e intereses económicos directos sobre los bienes afectados, que se hayan podido omitir en la relación adjunta, podrán formular por escrito ante esta Delegación, hasta el día señalado para el levantamiento del Acta Previa, alegaciones a los efectos solo de subsanar posibles errores u omisiones, pudiendo examinar el plano parcelario y demás documentación en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, sita en la calle Hermanos Machado, 4-6a. planta.
Almería, 15 de diciembre de 1988.- El Delegado, Juan José Fornovi Vives
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