Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 20/2/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 10 de febrero de 1988, de la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica, por la que se convoca la actividad de Escuelas Viajeras de 1988.

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De acuerdo con la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 13 de marzo de 1986 (BOE 4.4.86) por la que se regulan las ayudas para la realización de la experiencia educativa de Escuelas Viajeras; y el Convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía para la puesta en práctica de dicha actividad en el presente año de 1988, Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Convocar la actividad de Escuelas Viajeras de 1988 para los alumnos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los cursos 6º, 7º y 8º de E.G.B., con el objetivo de propiciar la formación en el respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España, el conocimiento de ambientes socioculturales y naturales distintos al medio habitual de residencia, el trabajo en equipo, la cooperación y la solidaridad.

Segundo. Podrán solicitar la participación grupos de 17 alumnos de 6º,

7º y 8º de E.G.B.; acompañados de un profesor del Centro, que será el responsable de elaborar un anteproyecto definitivo una vez seleccionado con las correspondientes orientaciones, y a velar por el cumplimiento de las normas de convivencia en la realización de la actividad.

Tercero. Las solicitudes se atendrán al modelo del Anexo I, y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) Aprobación del Consejo Escolar del Centro para la participación en la actividad. b) Anteproyecto de actividades a realizar en una ruta de Escuelas Viajeras. c) Autorizaciones del padre, madre o tutor de los alumnos participantes, según el modelo del Anexo II.

Cuarto. El plazo de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOJA, en las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, o por cualquiera de las vías establecidas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Cerrado el plazo de solicitudes se constituirá en los cinco días siguientes una Comisión Provincial, presidida por el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia o persona en quien delegue, y compuesta por el Jefe del Servicio de Educación Educativa y un responsable Provincial de Educación Compensatoria y un Inspector de función asesora. Las Delegaciones Provinciales remitirán la propuesta de Centros seleccionados y suplentes a la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica, la cual realizará la definitiva adscripción de los Centros en una ruta y fecha, mediante la correspondiente Resolución.

Sexto. La selección deberá efectuarse teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la zona en que está ubicado el Centro solicitante; a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades por razones económicas, culturales o ambientales que no hayan participado previamente en esta actividad; y en este sentido tendrán preferencia los alumnos de zonas de actuación Compensatoria.

Séptimo. Las rutas de Escuelas Viajeras tendrán una duración de una Semana, llegándose a la cabecera de ruta los martes de cada semana; y comenzando el regreso los lunes de cada semana. Las ayudas a los alumnos participantes cubren:

a) El desplazamiento en tren desde la estación más cercana al lugar de origen del grupo participante hasta la cabecera de ruta asignada y viceversa.

b) El transporte por carretera en los recorridos de cada ruta. c) El alojamiento y manutención en los Centros de acogida de cada cabecera de ruta.

d) La cobertura de riesgos mediante póliza de accidentes.

Octavo. La realización de las Escuelas Viajeras de 1988 tendrá 2 fases: Del 19 de abril al 30 de mayo de 1988.

Del 11 de octubre al 28 de noviembre de 1988. Las rutas asignadas para la Comunidad Autónoma Andaluza son las siguientes:

Asturias: 5 grupos

Balerares: 2 grupos

Burgos: 2 grupos

Cáceres: 4 grupos

Canarias: 1 grupo

Cantabria: 3 grupos

Cataluña: 3 grupos

C. Valenciana: 5 grupos

Galicia: 5 grupos

La Rioja: 3 grupos

Madrid: 6 grupos

Murcia: 1 grupo

Navarra: 4 grupos

País Vasco: 4 grupos

Salamanca: 4 grupos

Soria: 4 grupos

Toledo: 5 grupos

Zaragoza: 6 grupos

Los contenidos de cada cabecera de ruta se incluyen en el Anexo III de la presente Resolución.

Noveno. Los profesores acompañantes recibirán una gratificación de

11.000 pts., una vez que remitan a la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, la Memoria Evaluadora de la actividad por duplicado ejemplar.

Sevilla, 10 de febrero de 1988.- El Director General, Joaquín Risco Acedo.

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