Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 8/1/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de diciembre de 1987, del Servicio Andaluz de Salud, sobre establecimiento de Centros de Gasto.

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El art. 12 del Decreto 80

87 de 25 de marzo de Ordenación y Organización del Servicio Andaluz de Salud, atribuye al Director Gerente del mismo, las competencias relativas a la Dirección de los aspectos económicos- financieros y económicos-administrativos, así como el establecimiento de los Centros de Gasto del S.A.S.

El art. 13 de la citada disposición legal establece que la Administración del S.A.S. actuará de acuerdo con principios de economía, eficacia, eficiencia, descentralización, coordinación, desconcentración, armonización y participación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas.

RESUELVO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de la Resolución de esta Dirección Gerencia de 10 de abril de 1987, se consideran Centros de Gasto para el desarrollo de la gestión económico- administrativa del Servicio Andaluz de Salud, los siguientes: Un Centro de Gasto coincidente con los Servicios Centrales del Organismo, para la gestión económico-administrativa que los mismos tienen encomendada y cuya denominación será "Servicios Centrales del S.A.S.". Un Centro de Gasto ubicado también en los Sevicios Centrales del Organismo para las compras globalizadas, inversiones y otras actuaciones específicas, cuya denominación será: "Unidad Central de Gestión de compras del S.A.S.".

Ocho Centros de Gasto coincidiendo cada uno de ellos, respectivamente, con cada una de las ocho Gerencias Provinciales. Tendrá encomendada la gestión económico-administrativa de todos los Centros y Servicios del ámbito de la Gerencia Provincial correspondientes, en la forma que se determine, y se denominan con el nombre de Gerencia Provincial respectiva.

Segundo. Los Centros de Gasto, enumerados en el apartado anterior empezarán a funcionar a partir del 1 de enero de 1988.

DISPOSICION ADICIONAL

Quedan suprimidos todos los Centros de Gasto actualmente existentes en el ámbito de gestión atribuida al Servicio Andaluz de Salud, que continúan subsistiendo sólo en la medida necesaria para ultimar las operaciones derivadas de los presupuestos de 1987, y anteriores en su caso, hasta la definitiva liquidación de los mismos.

DISPOSICION FINAL

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de diciembre de 1987.- El Director General, Agustín Ortega Limón.

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