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En virtud de la Orden de 30 de octubre de 1987, en la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones a Conservatorios de Música no estatales y Centros Reconocidos y Autorizados dependientes de Corporaciones Locales, y en relación con el apartado cuarto, esta Consejería ha resuelto:
Primero. Se concede a los Centros Reconocidos y Autorizados que a continuación se relacionan las subvenciones siguientes:
Segundo. Los perceptores de esta subvención quedan obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la percepción de las mismas.
Tercero. Las referidas subvenciones serán libradas a justificar con cargo al presupuesto de gastos de 1988 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Cuarto. Esta Orden entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de febrero de 1988
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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