Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 25/3/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 18 de marzo de 1988, por la que se garantiza el funcionamiento del Servicio Público que presta la empresa Limpieza Pública y Protección ambiental S.A. Municipal de Sevilla, mediante el establecimiento de servicios mínimos.

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Convocada huelga para los días: desde el 28 de marzo a las 7 de la mañana al 2 de abril a las 7 de la mañana, en las tres primeras horas de los diversos turnos y horarios que se establezcan, y del 18 de abril a las

23 horas al 22 de abril de 1988, a las 23 horas la jornada completa de los diversos turnos que se establezcan, por el Comité de la Empresa de Limpieza Pública y Protección Ambiental S.A. Municipal -Lipasan-, para el personal de la citada empresa, y dado el carácter de servicio esencial de la Comunidad prestado por este personal, se justifica que no puede paralizarse totalmente por el ejercicio del legítimo derecho a la huelga que se amparan.

De lo anterior se infiere la potestad de imponer limitaciones al ejercicio del derecho de huelga en los servicios esenciales de la Comunidad, mediante la adopción de las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de dichos servicios, intentando a la vez compatibilizar los intereses generales del conjunto de la Comunidad con los derechos individuales que asisten al colectivo declarante de la huelga. Esta tarea comprende una racional determinación de los servicios esenciales partiendo de las circunstancias concurrentes por un lado y, por otro teniendo en cuenta la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que repercute, como es la defensa de la salubridad pública.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 28.2 y 43 de la Constitución, el artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/1977 de 4 de marzo, el artículo 17.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía; Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril y 17 de julio de 1981; Real Decreto

4043/1982, de 29 de diciembre y de conformidad con lo establecido por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 1983.

D I S P O N G O:

Artículo 1º. La situación de Huelga que afectará al personal de la Empresa Limpieza Pública y Protección Ambiental S.A. Municipal -LIPASAN- de Sevilla, durante los días 28 de marzo a las 7 de la mañana al 2 de abril a las 7 de la mañana, en las tres primeras horas de los diversos turnos y horarios que se establezcan, y del 18 de abril a las 23 horas al

22 de abril de 1988 a las 23 horas, la jornada completa de los diversos turnos que se establezcan, deberá de ir acompañada del mantenimiento de los Servicios Mínimos que figuran en el Anexo de la presente Orden.

Artículo 2º. Los artículos anteriores, no supondrán limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco responderán a la tramitación y efectos de las peticiones que la motivan.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla 18 de marzo de 1988

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

JOSE ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

Ilmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social. Ilmo. Sr. director General de Admon. Local y Justicia. Iltmos. Sres. Delegados Provinciales de las Consejerías de Gobernación y Fomento y Trabajo de Sevilla.

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