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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 25 de febrero de 1986 por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 574/84 promovido por la Empresa Banco de Jerez, S.A. sobre sención, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor: Fallamos: Que accediéndose a las pretensiones deducidas por el Banco de Jerez, S.A., contra acuerdo de 27-3-85, de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz, contra el de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía desestimatorio del Recurso de Alzada, los anulamos por no estar ajustados a derecho, con devolución de las cantidades consignadas.
Sevilla, 14 de marzo de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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