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Vistos los informes preceptivos y de conformidad con lo dispuesto en el punto 6 del apartado B) del Art. 1. del Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, y en el punto diez de la Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 que lo desarrolla, he venido, en uso de las atribuciones que me están conferidas, a concederle con fecha 9 de diciembre del año en curso, el título de Cebadero con garantía sanitaria. Notifíquese la presente resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE, de acuerdo con lo previsto sobre concesión de calificaciones sanitarias en la Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 9 de diciembre de 1987.- El Director General, Gerardo de las Casas Gómez.
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