Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 17/6/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 9 de junio de 1988, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se convoca el premio Joven de Conservación y Recuperación del Medio Ambiente.

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El Decreto 31/1988, de 17 de febrero, en el cual se establece la estructura organizativa del Programa Andalucía Joven, prevé en el área de promoción cultural, ocio y tiempo libre, la realización de un programa de actuaciones medioambientales dirigidas a los jóvenes andaluces. En consonancia con estos objetivos se convoca el premio Joven de Conservación y Recuperación del Medio Ambiente.

Con el objeto de señalar la actividad de protección del entorno rural, urbano o natural realizada por grupos de jóvenes, constituidos en asociación o no, que haya tenido mayor trascendencia durante 1988, la Agencia de Medio Ambiente y la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura, han previsto de conformidad con el citado Decreto, la convocatoria de un Premio de acuerdo con las siguientes bases:

1. Beneficiarios.

Podrán optar a este Premio tanto asociaciones juveniles como grupos de jóvenes, de entre 16 y 30 años, residentes en Andalucía. Los grupos que opten a dicho premio deberán tener un máximo de seis miembros y un mínimo de tres, nombrando un responsable o portavoz.

2. Modalidades.

Las memorias presentadas deben hacer referencia única y exclusivamente a una actividad de protección y recuperación del medio ambiente natural, rural o urbano, desarrollada por el grupo de jóvenes en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza durante el año 1988.

3. Dotación del premio.

El premio Joven de Recuperación y Conservación del Medio Ambiente, estará dotado con trescientas mil (300.000) pesetas. Asimismo se concederán dos accésits de cien mil (100.000) pesetas cada uno. La dotación de los premios tiene como objetivo que dicho grupo juvenil continúe desarrollando la actividad.

4. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes, que deberán ajustarse al modelo anexo, se presentarán por duplicado en los Servicios Centrales de la Agencia de Medio Ambiente, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el 51 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La entrega de la solicitud y la documentación aneja se hará durante los meses de noviembre y diciembre de 1988.

Los grupos solicitantes adjuntarán la siguiente documentación: a) Fotocopia del D.N.I. de todos los miembros del grupo. b) Curriculum de actividades del grupo o asociación. c) Notificación de ayudas o subvenciones durante el año 1988, si se es beneficiario.

d) Curriculum de los miembros del grupo o asociación. e) Memoria completa del desarrollo de la actividad, incluyendo todo tipo de información accesoria: gráfica, audiovisual, prensa, etc. f) Evaluación de eficacia del trabajo realizado, metas y objetivos alcanzados, impacto en la opinión pública.

5. Selección.

El Tribunal que otorgue el premio, estará copresidido por el Director de la Agencia de medio Ambiente y el Director General de Juventud formado por una comisión nombrada al efecto. Asimismo, participarán en el tribunal, un vocal del Consejo de la Juventud de Andalucía y otro del Consejo Asesor de Medio Ambiente.

Las decisiones de este tribunal serán firmes y se harán públicas.

Sevilla, 9 de junio de 1988.- El Director, Tomás de Azcárate y Bang.

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