Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 17/6/1988

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 14 de junio de 1988, por la que se anuncia concurso restringido por procedimiento acelerado de urgencia, para la ejecución de las obras de construcción de una villa turística en Cazorla (Jaén) (PD. 637/88).

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En cumplimiento de los Reales Decretos 931/1986 y 2528/1986 y la Directiva del Consejo de 26 de julio 1971 (71/305/CEE). Se anuncia concurso restringido por procedimiento acelerado de urgencia para la ejecución de las obras "construcción de una Villa Turística en Cazorla (Jaén)". Por 213.028.453 Ptas. IVA excluido. Fecha de envío a la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas: 14 de junio de 1988. Procedimiento y forma de adjudicación del contrato: Concurso restringido por procedimiento acelerado de urgencia.

Lugar ejecución: Cazorla (Jaén).

Naturaleza y contenido de las prestaciones objeto del contrato y características generales de la obra: las especificadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Plazo de ejecución: 18 meses.

Dirección Organo de contratación que convoca la licitación: Consejería de Fomento y Trabajo.

Secretaría General Técnica.

Avda. República Argentina, 43, Acc.

41011 Sevilla (España).

Si resulta adjudicataria una agrupación de empresas, adoptar forma del art. 10 de la vigente Ley de Contratos del Estado y art. 21 Directiva del Consejo (71/305/CEE).

Fecha límite de recepción de solicitudes de participación: 30 de junio de 1988.

Las invitaciones para licitar se remitirán: como máximo hasta el 5 de julio de 1988.

Para los empresarios nacionales se requiere la clasificación en el Grupo "C" Subgrupo "Todos" Categoría "E". Los empresarios extranjeros pertenecientes a la Comunidad Económica Europea deberán acompañar a la solicitud de participación una declaración ulteriormente verificable, sobre sus condiciones financieras, económicas y técnicas conforme a lo dispuesto en los arts. 287 bis y 287 ter. del Real Decreto 2528/1986. Los criterios que serán empleados para adjudicar el contrato son los especificados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Sevilla, 15 de junio de 1988.- El Consejero. P.D. El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.

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