Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 17/6/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 10 de junio de 1988, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio de limpieza que presta la empresa Amalis, SA, en el Hospital de la Seguridad Social de Cádiz, mediante el establecimiento de servicios mínimos.

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Ilmos. Sres.:

Convocada huelga por la representación social de la Empresa "Amalis S.A." que presta el servicio público de limpieza del "Hospital de la Seguridad Social de Cádiz", para los días 20, 21, 22, 27, 28, 29 y 30 de junio de 1988, y que afectará a aquellos trabajadores de la plantilla, de la citada Empresa en el Centro de Trabajo expresado, y dado el carácter de servicio esencial de la Comunidad prestado por este personal, se justifica que no puede paralizarse totalmente por el ejercicio del legítimo derecho a la huelga en el que se ampara.

De lo anterior se infiere la potestad de imponer limitaciones al ejercicio del derecho de huelga en los servicios esenciales de la Comunidad, mediante la adopción de las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de dichos servicios intentando a la vez compatibilizar los intereses generales del conjunto de la Comunidad con los derechos individuales que asisten al colectivo declarante de la huelga. Esta tarea comprende una racional determinación de los servicios esenciales partiendo de las circunstancias concurrentes por un lado y, por otro, teniendo en cuenta la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que repercute, como son la defensa de la salud y de la vida, supremo bien protegible.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 28.2 y 43 de la Constitución; el artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, el artículo 17.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril y 17 de julio de 1981; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre y de conformidad con lo establecido por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 5 de octubre de 1983,

D I S P O N G O:

Artículo 1º. La situación de huelga que afectará a los trabajadores de la Empresa AMALIS S.A. que prestan sus servicios en el Centro de Trabajo del Hospital de la Seguridad Social de Cádiz, durante los días 20, 21, 22,

27, 28, 29 y 30 de junio de 1988, desde las 00,000 horas hasta las 24,00 horas de tales días, se entenderá condicionada al mantenimiento de los mínimos necesarios para el funcionamiento de estos servicios esenciales.

Artículo 2º. Por la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Trabajo y la Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Salud, se determinarán, oído el Comité de Huelga, el personal y servicios mínimos estrictamente necesarios para asegurar lo anteriormente dispuesto.

Artículo 3º. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo.

Artículo 4º. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco responderán respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Artículo 5º. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los usuarios de establecimientos sanitarios.

Artículo 6º. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de junio de 1988

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

Iltmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social. Iltmo. Sr. Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud. Iltmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Fomento y Trabajo de Cádiz.

Iltmo. Sr. Gerente Provincial del Servicio Andaluz de Salud de Cádiz.

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