Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 17/6/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 16 de mayo de 1988, por la que se prorroga al curso 1987/88, la autorización para llevar a cabo la experimentación de la reforma de EGB en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De acuerdo con la Orden de 28 de abril de 1986 (BOJA de 9 de mayo de

1986) de esta Consejería, que convoca a los Centros de E.G.B. para la Experimentación de la Reforma Preescolar, Ciclo Inicial, Ciclo Medio y Segunda Etapa de dicho nivel educativo y en virtud de la Orden de 21 de julio de 1986 (BOJA de 5 de agosto de 1986), por la que se aprueba la incorporación de los Centros que llevarán a cabo la experimentación de la Reforma de la E.G.B. en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el curso

1986/87 y de la Orden de 26 de enero de 1988 (BOJA 9 de febrero de 1988) por la que se aprueba para el curso 1987/88 en algunos Centros de la Reforma la ampliación a otros ciclos, esta Consejería de Educación y Ciencia a propuesta de la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma, ha dispuesto:

1. Prorrogar para el presente curso 1987/88, la autorización para llevar a cabo la experimentación de la Reforma de E.G.B. en los Colegios y Ciclos relacionados en la Orden de 21 de julio de 1986 (BOJA de 5 de agosto de

1986).

2. A los alumnos que participen en las experiencias autorizadas se les reconocerán las enseñanzas cursadas en el Plan Experimental como equivalentes, a todos los efectos, a los estudios ordinarios de la Educación General Básica, de acuerdo con el artículo octavo de la Orden Ministerial de 13 de junio de 1984 (BOE de 16 de junio de 1984). El procedimiento de certificación de estudios y propuesta de expedición del título de Graduado Escolar a los alumnos que han cursado los estudios de la Reforma del Ciclo Superior de la Educación General Básica queda regulada por la Resolución de la Dirección General de Ordenación Académica de 9 de junio de 1987 (BOJA de 26 de junio).

3. La presente Orden tendrá vigencia a efectos académicos desde el 1 de septiembre de 1987.

Sevilla, 16 de mayo de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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