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Ilmo. Sr.
La Magistratura de Trabajo nº 1 de las de Huelva, en los Autos nº
1433/87, seguidos a instancia de D. Manuel Molina Rofa, ha dictado Sentencia de 8 de abril de 1988, hoy firme, que en su parte dispositiva dice así:
"Fallo: Que estimando la demanda formulada por Manuel Molina Rofa contra la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, se condena al Organismo demandado a que abone al actor la suma de doscientas ochenta y dos mil seiscientas cuarenta y ocho pesetas (282.648 ptas.). Esta Consejería de Agricultura y Pesca ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la practicada Sentencia.
Lo que le comunico a V.I.
Sevilla, 14 de junio de 1988
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
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