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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 24 de enero de 1988 por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 618/85 promovido por la Empresa Diego Sánchez Padilla (Cóm. la Emp. TUSSAM) sobre servicios mínimos cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del presente Recurso 618 de 1985, interpuesto por D. Diego Sánchez Padilla, contra la Orden de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 5 de febrero de 1985, por la que se garantizaba el funcionamiento del servicio público de Transportes Urbanos de Sevilla (TUSSAM). Sin costas.
Sevilla, 22 de julio de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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