Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo y de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 24 febrero de 1988 por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1.524/85 promovido por la empresa Andaluza de Piritas S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que estimando el presente recurso interpuesto por "Andaluza de Piritas S.A." contra la Resolución de 23 de julio de 1985, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, que confirma en alzada dictada por su Delegación en Sevilla, el 8 de abril anterior, recaída en el expediente 83/85, debemos declarar y declaramos la nulidad de ambas, por contrarias al ordenamiento, sin costas.
Sevilla, 6 de septiembre de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco
Descargar PDF