Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 27/9/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 19 de septiembre de 1988, por la que se crean los premios Arco Iris del Cooperativismo.

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En desarrollo de la tarea de promoción y estímulo del cooperativismo en Andalucía que el art. 102.1 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas atribuye a la Junta de Andalucía y con la finalidad de contribuir a la difusión de la importancia adquirida por el cooperativismo andaluz en el entramado económico-social de nuestra Comunidad Autónoma, la Consejería de Fomento y Trabajo, conjuntamente con el Consejo Andaluz de Cooperación, a quien la Ley de Cooperativas Andaluzas en su art. 106 atribuye entre sus cometidos la difusión de los principios cooperativos y en general cuantas actividades resulten beneficiosas para el movimiento cooperativo andaluz, han considerado oportuno instituir los premios "Arco Iris del Cooperativismo" que, con carácter anual, premien y alienten la labor de aquellas cooperativas andaluzas que más se hayan destacado en la defensa y práctica de los principios universales del cooperativismo en el marco de una gestión empresarial moderna y eficaz, así como la labor de personas o Instituciones que se hayan venido destacando en favor del desarrollo cooperativo andaluz.

En su virtud, y a propuesta del Director General de Cooperativas y Empleo.

D I S P O N G O :

Art. 1. Se instituyen los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" con la finalidad de reconocer y premiar, con carácter anual, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía por un lado a aquellas cooperativas que, en su actividad, resalten y potencien los principios cooperativos en el marco de un gestión empresarial moderna y eficaz y por otro a las personas e Instituciones que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor del desarrollo cooperativo andaluz.

Art. 2. Los premios "Arco Iris del Cooperativismo" tendrán las siguientes modalidades:

Premios Arco Iris del Cooperativismo "a la mejor experiencia de cooperativa juvenil".

Premio Arco Iris del Cooperativismo "a la mejor experiencia de integración cooperativa".

Premio Arco Iris del Cooperativismo "a la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz".

Premio Arco Iris del Cooperativismo "a la mejor cooperativa del año".

Art. 3. La convocatoria de los premios "Arco Iris del Cooperativismo tendrá carácter anual y se realizará por Orden del Consejero de Fomento y Trabajo, que contendrá las bases que regirá el mismo.

Sevilla, 19 de septiembre de 1988

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

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