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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad en materia de precios autorizados y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y 5 de julio de 1988,
D I S P O N G O
Aprobar las tarifas para la Unión Local de Autónomos del Taxi de la ciudad de Cádiz, que a continuación se relacionan, y disponer su insercción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
para la aplicación de estas tarifas se tendrá necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986.
Estas tarifas tendrán efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de septiembre de 1988.
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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