Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 30/9/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 5 de abril de 1988, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se declara obligatorio en las provincias de Almería, Huelva y Jaén, el saneamiento del ganado vacuno de producción láctea.

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El elevado nivel de ejecución que han alcanzado determinadas áreas del territorio de la Comunidad Autónoma, en materia de Saneamiento Ganadero, aconsejan intensificar al máximo a las actuaciones. Vistos los informes epizootiológicos de los Directores Provinciales de las Campañas y los artículos 1º y 2º de la Orden de 6 de mayo de 1988, que facultan a esta Dirección General para declarar la obligatoriedad de las Campañas en aquellas áreas geográficas que se considere conveniente difundir la acción sanitaria.

En consecuencia esta Dirección General ha tenido a bien resolver:

Artículo 1º. Se declara obligatorio en las provincias de Almería, Huelva y Jaén el saneamiento del ganado vacuno de producción láctea.

Artículo 2º. La Campaña se realizará de acuerdo con las normas que se especifican en la Orden de 6 de mayo de 1988.

Artículo 3º. Los animales procedentes de explotaciones enclavadas en las citadas provincias, y pertenecientes a especies de saneamiento obligatorio, no podrán circular con destino a vida si no proceden de explotaciones saneadas o han sido sometidos a saneamiento, según su edad.

Artículo 4º. Los animales que sean introducidos en explotaciones pertenecientes a estas provincias procederán de explotaciones en las que se halla efectuado el saneamiento.

Artículo 5º. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

Sevilla, 5 de julio de 1988.- El Director General, Gerardo de las Casas Gómez.

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