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Vista la propuesta formulada por el Servicio General del Patrimonio Histórico,
Esta Dirección General ha acordado,
1º. Tener por incoado expediente de declaración de Monumento, como Bien de Interés Cultural, a favor del Teatro Villamarta en Jerez de la Frontera (Cádiz), cuya descripción figura como anexo a la presente disposición. Con objeto de mantener un entorno homogénico con dicho Teatro, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran en el anexo a la presente disposición.
2º. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Jere de la Frontera que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe proceder a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso autorización previa de esta Dirección General.
4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en el BOE, abriéndose, cuando esté completo el expediente, un período de información pública.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Sevilla, 3 de octubre de 1988.- El Director General, José Grao Cabrera.
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