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La modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/85 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía implica la adquisición de la condición de funcionario de personal que venía ocupando con carácter provisional determinados puestos de la Relación de Puestos de Trabajo, y entre éstos, algunos de los afectados por el Decreto 16/88 por el que se actualiza la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 6/85 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, procede modificar sobre la actualización del Decreto 16/88, para adecuar la Relación de Puestos de Trabajo a la nueva situación derivada de las antedichas leyes. En su virtud, a propuesta de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 390/1986 de 10 de diciembre, con informe favorable de la Consejería de Hacienda y Planificación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de noviembre de 1988
D I S P O N G O:
Artículo único. Se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía según el anexo adjunto a este Decreto.
DISPOSICION FINAL
Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo previsto en el presente Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de noviembre de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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