Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 19/12/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 1 de diciembre de 1989, por la que se concede una subvención específica por su razón de su objeto al Ayuntamiento de La Palma del Condado (Huelva).

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La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad establece en su artículo 9, la obligación de los poderes públicos a informar a los usuarios de sus derechos y deberes en relación con los servicios del sistema sanitario público, en base a lo preceptuado en el artículo 10.2 de la Ley.

Habida cuenta de la inminente apertura del Centro de Salud de la Zona Básica de la Palma del Condado y el espectro de población que el mismo deberá atender, es de imprescindible necesidad la realización de una serie de actividades, entre las que se encuentran la recopilación e informatización de datos referidos a factores socio-económicos y culturales e indicadores de salud de la población a la que deberá prestarse asistencia, junto con la información al usuario del referido servicio.

Como quiera que se da imposibilidad manifiesta de establecer la concurrencia que previene la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989; existiendo créditos consignados en el estado de gastos para el otorgamiento de esta subvención, y es posible la financiación de las actividades indicadas a tenor de los preceptuado en el artículo 79.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo vigésimo segundo de la Ley 10/1988, de 29 de diciembre antes citada, y de conformidad con las facultades que me están conferidas por los artículos

10.b) de la Ley General 15/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y 39.6 de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.

D I S P O N G O:

Artículo primero. Conceder al Ilmo. Ayuntamiento de la Palma del Condado (Huelva) una subvención específica por razón de su objeto por un importe de un millón quinientas mil pesetas (1.500.000 ptas), para la realización de actividades de recopilación e informatización de datos socio-económicos y culturales e información al usuario, con cargo a la aplicación económica que corresponde al presupuesto de la Consejería de Salud y Servicios Sociales para 1989.

Artículo segundo. La subvención se hará efectiva en un solo libramiento por el importe de la cuantía expresada en el artículo anterior de la presente Orden.

Artículo tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de diciembre de 1989

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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